En los procesos de contrataciones públicas de bienes, servicios y obras, intervienen tanto el Estado como el sector privado.

Desde el lado del Estado, las siguientes partes participan en las contrataciones públicas:

  • El titular de la entidad: Es la máxima autoridad ejecutiva dentro de la misma.

  • El área usuaria: Es la dependencia que identifica la necesidad de contratación o canaliza el requerimiento.

  • El Órgano Encargado de las Contrataciones (OEC): Es el área responsable de gestionar los contratos y llevar a cabo las actividades relacionadas con el abastecimiento de la entidad.

  • El Comité de Selección: Es el órgano encargado de seleccionar a los proveedores de bienes, servicios u obras. En los casos de licitación pública, concurso público o selección de consultores individuales, es obligatorio formar un Comité de Selección. Sin embargo, para las subastas inversas electrónicas y adjudicaciones simplificadas, la responsabilidad recae en el OEC, aunque en algunos casos también puede conformarse un Comité de Selección.

Desde el sector privado, participan:

  • Los proveedores: Pueden ser personas naturales o jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para participar en los procedimientos de selección.

Fuente: Ley de Contrataciones del Estado (Ley N° 30225), su Reglamento y modificaciones.

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2024-08-12T16:05:02-05:00
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